Las malas prácticas en éste campo se suelen dar antes de firmar el contrato. Uno de los caballos de batalla es la tasación del inmueble. Es muy importante que una vez acordado el precio con el vendedor de la propiedad, realizar una tasación con una entidad independiente, para constatar sin vinculaciones de ningún tipo el importe de tasación más apropiado, ya sea para la petición de una hipoteca o cualquier otro tema.
En la tasación del inmueble, no nos pueden imponer al tasador por parte de la entidad financiera y están obligados a aceptar un informe de tasación realizado para otro banco. Se suele incumplir en muchos casos la libre elección de notario. Otros puntos donde se debe tener especial atención es precisamente en los varemos denominados como suelo y techo de la hipoteca, que no son ni más ni menos que el interés más bajo y más alto al que puede llegar el interés, cuando éste es variable, que es la mayor de las ocasiones. Cuando la cuestión es una nueva edificación, en muchos situaciones el promotor pide una hipoteca sobre el solar para financiar el coste del suelo y la edificación. En esta circunstancia el comprador puede subrogarse o esta hipoteca o contratar otra. Sin embargo, algunos promotores pretenden que la subrogación sea obligatoria o no informan al cliente sobre las cláusulas del contrato.
Existen muchas cláusulas que no son solamente abusivas, sino muy abusivas, incluso incomprensibles, desde el punto de vista de los tiempos que vivimos. Como pueden ser las que mencionaremos a continuación. Impedir conocer qué comisiones le van a cobrar, información crucial para saber si las condiciones son o no buenas. Obligar a acudir a tribunales distintos a los que corresponderían en función de su domicilio u otros fueros que les reconoce la ley. Se hace vencer un préstamo hipotecario cuando se deniegue la inscripción de la escritura aunque la no inscripción sea culpa de la entidad. Resolver anticipadamente el préstamo, por la posible disminución patrimonial del prestatario. Prohibir vender o enajenar el bien que garantiza la hipoteca. Eximirse de la obligación de comunicar la cesión de préstamo a terceros.
Una cosa que debemos tener clara es que los que debemos elegir hipoteca somos nosotros y no los bancos.